Publicaciones correspondientes al día: 14 febrero 2022

Derecho al olvido.

El «derecho al olvido«, también conocido como «derecho de supresión», es un derecho que un ciudadano puede ejercer para solicitar que sus datos personales sean suprimidos de una determinada entidad. Aunque existe desde hace décadas, la universalización de Internet -que combina una enorme capacidad de almacenaje con motores de búsqueda- ha complicado la manera de ejercerlo a pesar que las últimas normas legislativas lo han favorecido expresamente como un derecho en la era digital.

El nuevo Reglamento General de Protección de Datos de la UE (GDPR), establece que cualquier ciudadano tiene derecho a solicitar, bajo ciertas condiciones, que los enlaces a sus datos personales no figuren en los resultados de búsqueda en Internet realizada por su nombre. La norma está avalada por una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que declaró el derecho a solicitar a los motores de búsqueda la retirada de determinados resultados de sus búsquedas.

Sobre el papel, la norma obliga a los motores de búsqueda a suprimir cualquier dato personal con cuya publicación no esté de acuerdo la persona interesada y pueden vincularse con información desactualizada, errores de fuente mal documentada o de carácter malicioso. De hecho, los principales motores han puesto a disposición de los usuarios una serie de formularios con los que realizar sus peticiones

El derecho al olvido | Teresa Rodríguez de las Heras | TEDxUPValència

¿Quién puede ejercer el derecho al olvido?

Puede ejercitarlo cualquier persona física (no empresa o autónomo en el ejercicio de su profesión) “cuyos datos no se estén tratando correctamente” de acuerdo con la normativa aplicable en materia de protección de datos, comenta Montesinos.

No obstante, conviene tener en cuenta que “el derecho al olvido no es un derecho universal que cualquiera pueda ejercitar”, ni cabe hacer uso de él para crear un Internet a la carta, dado que no es un derecho que se pueda ejercitar en cualquier circunstancia, aclara Gil del Castillo.

Para evaluar si procede concederlo, “hay que estudiar cada caso concreto” y determinar si prevalece el derecho fundamental a la privacidad y a la protección de datos frente al derecho a la información de la sociedad. Para realizar esa ponderación, hay que valorar cuatro aspectos:

  • Su naturaleza.
  • Si tiene un carácter sensible en la vida privada del interesado.
  • Si es inadecuada, impertinente en la actualidad o excesiva para con las finalidades del tratamiento concreto.
  • El interés público en disponer de la misma. A este respecto, habrá que tener en cuenta el papel del interesado en la vida pública.
Derecho al olvido en el RGPD ¿Qué es? ¿Cómo ejercitarlo? | GrupoAtico34

Cómo ejercer el “Derecho al olvido en Internet”

La Oficina de Seguridad del Internauta (OSI) ha publicado un artículo práctico en el que recuerda el proceso. Haz clic sobre la imagen para acceder:

Cómo Eliminar tus Datos Personales de Google | MiraComoHarcerlo

Motores de búsqueda

Los principales proveedores han puesto a disposición de los usuarios una serie de formularios para ejercer el derecho al olvido.

Adicionalmente, Google ofrece una web desde la que podremos comprobar las estadísticas de estas solicitudes. Los pasos son sencillos de seguir:

  1. Acceder al formulario correspondiente al buscador del que queramos eliminar esta información o URL. En este ejemplo, seguiremos el de Google.
  2. Rellenar todos los campos del apartado TU INFORMACIÓN: país de origen, nombre legal completo, dirección de correo electrónico de contacto, etc.
  3. Cumplimenta los datos referentes a la información personal que queremos eliminar y dónde se encuentra alojada (URL).

Tras leer y confirmar que hemos entendido la explicación del tratamiento de datos, podremos firmar la petición y enviarla directamente a Google. Debemos tener en cuenta que la retirada de información no siempre es posible, ya que solo dejará de estar visible a través del buscador, y que puede tardar un tiempo en llevarse a cabo.

Redes sociales

Las redes sociales contienen una cantidad inmensa de información personal sobre nosotros. Por suerte, también podemos ejercer el derecho al olvido” en ellas y conseguir que se elimine toda la información que almacenan. Una opción sería eliminar de manera definitiva nuestra propia cuenta de usuario. Sin embargo, como esta acción borrará todas las imágenes, vídeos y comentarios que hayamos publicado, muchas redes sociales disponen de una opción para descargar toda la información de nuestro perfil. Así, aunque eliminemos nuestra cuenta, podremos tener acceso a todas nuestras publicaciones y a la información que no queramos perder.

Si por el contrario, consideramos que hay información publicada sobre nosotros en otros perfiles y queremos reclamar su eliminación por falta de veracidad o porque afectan a nuestra imagen y reputación, siempre podemos ejercer nuestros derechos ARCO (acceso, rectificación, supresión, oposición) o pedir a los administradores del servicio que eliminen esta información a través de los mecanismos que faciliten para tal fin.

Derecho al olvido en personas fallecidas

Según la LODGDD, las personas vinculadas al fallecido, como familiares o pareja de hecho, o aquellas que hubiesen sido designadas previamente, podrán ejercer los derechos ARCO de los datos personales de la persona fallecida para su rectificación o supresión.

Además, muchas redes sociales permiten designar un contacto de legado que podrá administrar la cuenta del fallecido, que pasará a ser conmemorativa, como es el caso de Facebook, aunque en la mayoría bastará con demostrar nuestra relación con la persona según lo establecido en la LODGDD (Twitter, Instagram, Youtube). Este contacto podrá además solicitar la eliminación total de la cuenta en nombre del fallecido.

Para saber más