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Terapia psicológica privada gratuita ¿sabes qué es el Seguro Escolar?

Si tienes entre 14 y 28 años, eres estudiante de ESO, BACHILLERATO, FP o UNIVERSIDAD y estás cansado de esperar a que te llamen de la sanidad pública, puedes recibir terapia psicológica privada gratuita gracias al seguro escolar.

PERO, ¿QUÉ ES EL SEGURO ESCOLAR? 

El seguro escolar es un recurso público que protege a estudiantes menores de 28 años ante un accidente grave, el infortunio o la enfermedad, entrando dentro de estas categorías la asistencia psicológica. Además, el seguro escolar se paga automáticamente al realizar la matrícula, teniendo un coste de 1,12€. 

¿CÓMO PUEDO BENEFICIARME DE TERAPIA PSICOLÓGICA GRATUITA?

  1. Completar la Solicitud de Prestación del Seguro Escolar (se debe marcar la opción de NEUROPSIQUIATRÍA que contempla en un subapartado la posibilidad de recibir terapia psicológica).
  2. Junto con el impreso completado se adjuntará la siguiente documentación (fotocopia junto a original):
  • Documento Nacional de Identidad o Libro de Familia (extranjeros: pasaporte, carta de identidad o tarjeta de residencia)
  • Para los estudiantes no universitarios, certificado del centro de estudios donde se especifique el curso y especialidad y el pago del Seguro Escolar.
  • Para los estudiantes universitarios, resguardo del impreso de matrícula en el que conste el curso, las asignaturas y el pago del Seguro Escolar.
  • Resguardo de abono de Seguro Escolar del año anterior.
  • Informe de Psiquiatría, indicando el diagnóstico (DSM-V O CIE/10), con una descripción breve del estado actual, la terapia psicológica indicada y si ésta última va a ser realizada por un psicólogo o por el propio psiquiatra. Quedarían excluidos los denominados trastornos del desarrollo psicológico y del comportamiento y de las emociones, de comienzo habitual en la infancia y adolescencia.
  • Se deberá justificar también, la dificultad del alumno para la continuidad de sus estudios mediante el informe Psicopedagógico correspondiente.
  1. Entregar todos los documentos (posibilidad de realizarlos mediante la sede electrónica de la seguridad social) y esperar contestación de la Seguridad Social concediéndonos la prestación.

¿CUÁNTO TIEMPO DURA LA PRESTACIÓN? 

  • En caso de ser régimen Hospitalario, será de 2 años. Por ejemplo, presentar un trastorno de la conducta alimentaria (T.C.A) que necesita de hospitalización más intervención psicológica. 
  • En caso de ser régimen Ambulatorio, será de 6 meses, más una prorroga de otros 6 meses: totalidad de 1 año cubriendo hasta 16 sesiones/mes.

ENLACES DE INTERÉS:

Web de la Seguridad Social

Preguntas frecuentes del Seguro Escolar

Puede contactar con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), llamando al teléfono 901.16.65.65

Ayudas para fomento del emprendimiento de jóvenes inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

¿Tienes entre 16 y 30 y quieres emprender?

Se ha publicado ya la convocatoria para la concesión de subvenciones para el fomento del emprendimiento de jóvenes de más de 16 y menores de 30 años, con el fin de que las personas jóvenes que no tengan ninguna ocupación laboral ni se encuentren estudiando o realizando algún ciclo formativo reglado, inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil puedan iniciar un proyecto emprendedor y generar autoempleo.

  • Convoca: Fundación de EOI. Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
  • Destinatarios: jóvenes emprendedores de más de 16 años y menores de 30 años inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que vayan a ejercer la actividad como personas físicas, así como que inicien la actividad y se configuren en personas jurídicas, siempre que constituyan una sociedad de los siguientes tipos: Sociedad Limitada de Nueva Empresa, Comunidad de Bienes, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Limitada de Formación sucesiva y sean Administradores y posean al menos el 51 % del capital social de la entidad creada. Que no hayan iniciado la actividad con anterioridad a la solicitud de la subvención.
  • Cuantía de la ayuda: hasta un máximo de tres mil euros (3.000,00 €). Esta cantidad no podrá superar el 75 % del importe de los gastos subvencionables.
  • El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el BOE. (BOE Núm. 55 de sábado 5 de marzo de 2022).
  • Las solicitudes se dirigirán a la Fundación EOI. La formalización y presentación de las solicitudes y la documentación se realizará por vía telemática cumplimentando el formulario de solicitud publicado en la web de la Fundación EOI.

Aquí puedes acceder Extracto de la Resolución de 1 de marzo de 2022, de la Dirección General de la Fundación de EOI, F.S.P., por la que se convoca la concesión de estas ayudas para el emprendimiento de jóvenes inscritos en el fichero del Sistema nacional de Garantía Juvenil.

 

 

Modificación de bases reguladoras para ayudas al transporte

Orden EFT/11/2020, de 27 de marzo, por la que se modifica la Orden ECD/24/2018, de 16 de marzo, que establece las bases reguladoras para concesión de ayudas individualizadas de transporte al alumnado de ciclos formativos de FP, de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, deportivas de régimen especial en centros sostenidos con fondos públicos durante la realización del módulo profesional de FCT y Prácticas, Proyectos de FP Dual y Estancias Formativas.