Etiquetas: IGUALDAD

Jornada «Nuevas obligaciones en la empresa en materia de igualdad y no discriminación».

Ayer, 18 de octubre, las representantes de igualdad del Centro Integrado de FP Número Uno de Santander asistimos a la jornada organizada por CEOE-CEPYME de Cantabria sobre «Nuevas obligaciones en la empresa en materia de igualdad y no discriminación».

La enriquecedora charla fue impartida por Gemma Fabregat Monfort, catedrática de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universitat de València – UV, que nos habló sobre cómo evitar y erradicar la discriminación en el seno de las empresas, la gestión de la diversidad y las nuevas medidas de conciliación desde la corresponsabilidad.

23 de septiembre, Día Internacional contra la explotación sexual y la trata de personas.

Hoy, 23 de septiembre, se conmemora el Día Internacional contra la Explotación Sexual y el Tráfico de Mujeres, Niñas y Niños, instaurado por la Conferencia Mundial de la Coalición Contra el Tráfico de Personas en coordinación con la Conferencia de Mujeres que tuvo lugar en Dhaka, Bangladesh, en enero de 1999. La explotación sexual es la forma más común de explotación que existe en la actualidad (59%), seguida del trabajo forzado (34%).

De las 564 víctimas de explotación sexual liberadas en 2022 en España por los CFSE, el 95% eran mujeres y niñas, según datos del último informe del CITCO del Ministerio de Interior. Y, aunque pueda parecer una realidad ajena a nuestra sociedad, hasta 96 personas en riesgo de explotación sexual fueron identificadas en Cantabria el pasado año.

La trata de personas con fines de explotación sexual es un delito que se define por el conocido como «Protocolo de Palermo» como el reclutamiento, transporte, transferencia, alojamiento o acogida de personas utilizando la fuerza, el engaño o la coerción con el propósito de explotarlas sexualmente. Esta explotación puede tomar muchas formas, desde la prostitución forzada hasta la pornografía y otros tipos de abuso sexual. Las víctimas de trata son sometidas a condiciones de vida inhumanas y a menudo viven en constante temor por sus vidas y la de sus seres queridos. La mayoría de estas víctimas son mujeres jóvenes, muchas de las cuales son reclutadas en sus países de origen y traídas a España bajo falsas promesas de empleo o una vida mejor.

El Parlamento Europeo aprobó este pasado 13 de septiembre el informe “Regulación de la prostitución en la Unión: repercusiones transfronterizas y consecuencias en la igualdad de género y los derechos de las mujeres” (acceso) en el que se pide medidas dirigidas a reducir la demanda persiguiendo al demandante y protegiendo a quienes se encuentran en situación de prostitución. Se ha pronunciado a favor de promover en toda Europa una legislación sobre prostitución de corte abolicionista que penaliza tanto a quienes se lucran con ella como a los clientes.

El informe señala que la prostitución no es un acto individual de una persona que alquila su cuerpo por dinero, sino que se trata de un sistema organizado con fines lucrativos, un sistema intrínsecamente violento, discriminatorio y profundamente inhumano que funciona como un negocio y crea un mercado, en el que los proxenetas planifican y actúan para asegurar y aumentar sus mercados y en el que los compradores de sexo desempeñan un papel fundamental para incentivarlos. Deja claro que la prostitución y la trata de personas con fines de explotación sexual existen porque hay demanda; subraya que la reducción de la demanda constituye un instrumento esencial para la prevención y la reducción de la trata de seres humanos, por lo que es importante desalentar la demanda.

Uno de los principales argumentos del informe para reclamar un marco legal en la materia se basa en que la asimetría entre las leyes nacionales europeas conduce a que más víctimas sean objeto de trata con fines de explotación sexual y esto crea un caldo de cultivo para el crimen organizado. Para reducir la demanda de prostitución, pidieron a los países de la UE que regulen la publicidad en línea, diseñada para atraer a compradores de sexo y exige la implementación del llamado «modelo nórdico» apostando así por el modelo abolicionista.

España es el primer país de Europa en consumo de prostitución y el tercero a nivel mundial, según datos de la ONU. De ahí que sea necesario poner el foco en la demanda ya que sin demanda no habría trata.

Entran en vigor los derechos relativos a la salud menstrual de las mujeres.

Mañana, 1 de junio, entran en vigor los derechos relativos a la salud menstrual de las mujeres que fueron incluidos en el marco de la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, de salud sexual y reproductiva de la interrupción voluntaria del embarazo. Introduce la norma el concepto de “salud durante la menstruación” que la define como el estado integral de bienestar físico, mental y social, y no meramente la ausencia de enfermedad o dolencia, en relación con el ciclo menstrual.

Se modifica la Ley General de la Seguridad Social para reconocer como situaciones especiales de incapacidad temporal por contingencias comunes aquellas bajas laborales en caso de menstruación incapacitante secundaria a la que define como situación de incapacidad derivada de una dismenorrea generada por una patología previamente diagnosticada. La norma no establece requisitos para solicitar las bajas, aunque será necesaria la constatación de la situación por personal médico de cabecera como en cualquier enfermedad común. Tampoco especifica la norma la cuantía de prestación económica, aunque actualmente las bajas por contingencias comunes implican el 60% de las base reguladora desde el cuarto día al 20º (incluido) y el 75% desde el día 21 en adelante. Eso sí, la Seguridad Social pagará el subsidio desde el primer día y, sin límite de tiempo predeterminado.

Si bien es cierto que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y la Ley General de la Seguridad Social venían contemplando determinados aspectos de la salud de las mujeres, básicamente, en relación con los estados biológicos de embarazo, parto y postparto, no es menos cierto que otros de los riesgos que padecen habitualmente vinculados a su condición sexual habían sido ignorados hasta ahora.

Lenguaje inclusivo en las TIC

El lenguaje moldea y transforma el pensamiento, por eso de nada sirve aprobar leyes que garanticen nuestros derechos si no producimos un cambio cultural que los haga realidad

Coral Herrera Gómez

El artículo 31 de la Ley de Igualdad de Cantabria sobre promoción de la igualdad de género en los centros educativos insta en su apartado g) a “La utilización de un lenguaje no sexista y de imágenes no estereotipadas”.

Asimismo dentro del plan de actuación en materia de igualdad del CIFP NÚMERO UNO para el curso 2022-2023 se encuentra:  A.2 La revisión de la utilización de lenguaje inclusivo no sexista en los documentos internos, externos, página web, etc

¿Y cuáles son las características de un lenguaje no sexista?

  • Visibiliza ambos sexos.
  • No obliga a discernir si se está hablando de hombres (masculino) o de hombres y mujeres en su conjunto.
  • Huye de la asignación tradicional de roles y cualidades por sexo.
  • Nombra a las mujeres en sus profesiones, actividades y discursos.

Aprovechando la existencia del Plan Digital del Centro hemos querido enlazar planes y revisar el lenguaje utilizado en página web, blogs, redes WiFi y equipos.

Desayuno 8 de marzo, día Internacional de la Mujer, en el CIFP Número Uno.

Muchas gracias a todas las personas que han participado en el primer Desayuno del 8 de Marzo en el CIFP Número Uno y especialmente al alumnado que nos ha hecho partícipe de sus inquietudes en materia de Igualdad. Un encuentro muy constructivo en el que se han puesto de manifiesto los diferentes puntos de vista del ámbito educativo, empresarial y social.

Para que el debate fluya es necesario crear un espacio adecuado (como puede ser el aula ATECA) y un ambiente amable que conseguimos gracias al desayuno servido por La Balanza y al broche musical de Marta, Daniel, Manuel, Elena y Fernando.